Políticas / No Discriminación
Esta traducción se ofrece como cortesía. La versión en inglés es el texto oficial de esta política.
Aviso de la Política de No Discriminación
La Fundación para la Educación del Condado de St. Lucie no discrimina por motivos de raza, color, origen nacional, discapacidad, edad o sexo en la administración de sus programas o actividades, y la Fundación no intimida ni toma represalias contra ninguna persona o grupo por haber ejercido sus derechos de participar en acciones protegidas, u oponerse a acciones prohibidas, por 40 C.F.R. Partes 5 y 7, ni con el propósito de interferir con tales derechos.
Thom Jones, Presidente de la Fundación para la Educación del Condado de St. Lucie, es responsable de la coordinación de los esfuerzos de cumplimiento y de la recepción de consultas relacionadas con los requisitos de no discriminación implementados por 40 C.F.R. Partes 5 y 7 (No discriminación en programas o actividades que reciben asistencia federal de la Agencia de Protección Ambiental), incluidos el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, según enmendada; la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973; la Ley contra la Discriminación por Edad de 1975; el Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972; y la Sección 13 de las Enmiendas de la Ley Federal de Control de la Contaminación del Agua de 1972 (en adelante, colectivamente, las leyes federales de no discriminación).
Si tienes preguntas sobre este aviso o sobre cualquiera de los programas, políticas o procedimientos de no discriminación de la Fundación, puedes contactar al coordinador de no discriminación:
Thom Jones, Presidente de la Fundación para la Educación del Condado de St. Lucie
9461 Brandywine Lane
Port St. Lucie, FL 34986
Oficina: (772) 429-5505
Correo: Info@efslc.org
Si crees que has sido discriminado con respecto a un programa o actividad de la Fundación, puedes contactar a Thom Jones, Presidente, el coordinador de no discriminación identificado arriba, o visitar nuestro sitio web en https://www.educationfoundationstlucie.org para saber cómo y dónde presentar una queja por discriminación.
Se brindará la asistencia apropiada a las personas con discapacidades y a las personas con dominio limitado del inglés. Asimismo, se aceptarán quejas en formatos alternativos de personas con discapacidades. Comunícate con el coordinador de no discriminación para más información.
Procedimientos de queja de las políticas de no discriminación de la Fundación
La Fundación para la Educación del Condado de St. Lucie ha establecido procedimientos para asegurar la resolución rápida y justa de las quejas que aleguen discriminación en sus programas o actividades.
Presentar una queja
- Las quejas deben presentarse por escrito dentro de los 180 días de la supuesta discriminación.
- Incluye tu nombre, información de contacto, una descripción del incidente y el motivo de la discriminación (p. ej., raza, color, origen nacional, sexo, edad, discapacidad).
Envíala a:
Thom Jones, Presidente de la Fundación para la Educación del Condado de St. Lucie
9461 Brandywine Lane
Port St. Lucie, FL 34986
Oficina: (772) 429-5505
Correo: Info@efslc.org
Cualquier miembro del personal o voluntario que crea haber sido objeto de discriminación o acoso, o que haya presenciado tal conducta, debe informarlo al Coordinador de No Discriminación. Si un miembro del público o asistente a un evento cree haber sido objeto de discriminación o acoso, debe informarlo al Coordinador de No Discriminación. La presentación de una queja debe realizarse por escrito ante el Coordinador de No Discriminación, quien tomará las medidas necesarias para remediar la situación y las circunstancias a fin de asegurar la resolución rápida y justa de las quejas.
Investigación y resolución
La Fundación investigará de manera rápida y exhaustiva todos los informes de discriminación o acoso. Las investigaciones se llevarán a cabo de manera justa e imparcial, y se tomarán las medidas correctivas apropiadas contra las personas que se determine que han violado esta política. La confidencialidad se mantendrá en la medida de lo posible, de conformidad con la necesidad de realizar una investigación exhaustiva.
Dentro de los 10 días calendario posteriores a la recepción de la queja, el Coordinador de No Discriminación enviará al reclamante una carta de acuse de recibo informándole si la queja será investigada. Esta carta también informará al reclamante de su derecho a presentar la queja directamente ante la agencia federal correspondiente. La investigación de la queja puede incluir entrevistas al reclamante, empleados, contratistas, subcontratistas, subreceptores y testigos de la supuesta discriminación, así como la revisión de cualquier evidencia física o escrita.
El Coordinador de No Discriminación puede intentar conciliar y resolver la queja mediante una solución mutuamente aceptable. Toda resolución informal de este tipo debe ser firmada por el Coordinador de No Discriminación y el reclamante. Salvo circunstancias extraordinarias, el Coordinador de No Discriminación completará su investigación y sus esfuerzos de resolución dentro de los 30 días posteriores al inicio de la investigación.
Se llevará a cabo una investigación apropiada, rápida e imparcial de cualquier alegación presentada bajo los estatutos federales de no discriminación. Durante el análisis de la queja se aplicará el estándar de preponderancia de la evidencia.
Al concluir la investigación, el reclamante recibirá un aviso por escrito que detalle: los hallazgos de la investigación, si se encontró discriminación o represalia, un resumen del proceso de investigación y las medidas correctivas que se implementarán (si corresponde).
Toda alegación de intimidación o represalia relacionada con el proceso de queja se tratará de manera rápida y justa conforme al procedimiento descrito y de la misma manera que otras alegaciones de discriminación.
Si el reclamante no puede presentar una queja por escrito, debe contactar al Coordinador de No Discriminación. La Fundación hará los ajustes razonables en sus políticas y procedimientos que sean necesarios para permitir a las personas con discapacidades o con dominio limitado del inglés el acceso pleno al proceso de presentación de quejas y de investigación.
Esta política se basa en los derechos protegidos por 40 C.F.R. Partes 5 y 7, 42 U.S.C. 2000d a 2000d-7 y 6101 y siguientes; 29 U.S.C. 794; 33 U.S.C. 1251nt., que aplica en general a la No Discriminación en Programas o Actividades que Reciben Asistencia Federal de la Agencia de Protección Ambiental, incluyendo:
- El Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, según enmendada (42 U.S.C. §2000d a 2000d-7), que prohíbe a los receptores de asistencia financiera federal discriminar por motivos de raza, color u origen nacional (incluido el dominio limitado del inglés) en sus programas o actividades. El Título VI en sí prohíbe la discriminación intencional.
- La Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973, que prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad en programas o actividades con asistencia federal;
- El Título IX de las Enmiendas de la Ley de Educación de 1972, que prohíbe la discriminación por motivos de sexo en programas o actividades educativas con asistencia federal (ver también 40 C.F.R. Parte 5 — No discriminación por motivos de sexo en programas o actividades educativas que reciben asistencia financiera federal);
- La Ley contra la Discriminación por Edad de 1975, que prohíbe la discriminación por motivos de edad en programas o actividades con asistencia federal; y
- La Sección 13 de las Enmiendas de la Ley Federal de Control de la Contaminación del Agua de 1972, que prohíbe la discriminación por motivos de sexo en programas o actividades que reciben asistencia financiera bajo la Ley de Agua Limpia.
Recopilación de datos
La Fundación mantendrá datos demográficos sobre raza, color, origen nacional, sexo, edad o condición de discapacidad de la población a la que sirve, cuando sea requerido para fines de informes de contratos federales y en cumplimiento de las leyes y regulaciones aplicables. Si se requiere información demográfica, se utilizará para comprender las necesidades especiales de comunicación y participación de la comunidad involucrada, a fin de asegurar que la participación pública esté disponible para todas las personas sin distinción de raza, color, origen nacional, discapacidad, edad, sexo o el ejercicio previo de derechos u oposición a acciones protegidas por las leyes federales de no discriminación. Para la categorización se utilizarán las clasificaciones demográficas establecidas en CFR 7.25.
Política de Accesibilidad y Acceso Lingüístico
La Fundación para la Educación del Condado de St. Lucie se compromete a garantizar que todas las personas —independientemente de su capacidad, dominio del idioma u origen— tengan acceso significativo a nuestros programas, servicios y contenido digital.
De conformidad con:
- El Título II de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA)
- Las Secciones 504 y 508 de la Ley de Rehabilitación
- El Título VI de la Ley de Derechos Civiles
Nos esforzamos por hacer que nuestro sitio web y nuestros servicios sean accesibles e inclusivos para todos.
Accesibilidad digital
Nuestro sitio web está diseñado para cumplir con los estándares WCAG 2.1 Nivel AA, asegurando la compatibilidad con tecnologías de asistencia como lectores de pantalla y navegación por teclado. Supervisamos y mejoramos continuamente nuestro contenido digital para eliminar barreras para las personas con discapacidades.
Si encuentras algún problema de accesibilidad o necesitas contenido en un formato alternativo (p. ej., letra grande, audio), contáctanos.
Acceso lingüístico
Reconocemos la importancia de brindar acceso significativo a las personas con dominio limitado del inglés. Los servicios de asistencia lingüística —incluida la traducción de documentos esenciales y la interpretación— están disponibles a pedido. Las personas sordas o con dificultades auditivas pueden contactarnos a través del Servicio de Retransmisión de Florida al 7-1-1.
Si necesitas asistencia en un idioma que no sea inglés, contáctanos:
Teléfono: (772) 429-5505
Correo: info@efslc.org
Nos comprometemos a responder a las solicitudes de manera oportuna y eficaz.